Qué pasa con tu deuda mientras reclamas la tarjeta revolving
¿Sigo pagando o dejo de pagar? ¿Me pueden embargar? ¿Me meten en ASNEF? Te explicamos las opciones reales y la estrategia más segura caso por caso.
Una vez decides reclamar tu tarjeta revolving, surge una pregunta práctica inmediata: ¿qué hago con la cuota mensual mientras dura todo esto? La respuesta correcta depende de tu situación concreta, y tomar la decisión equivocada puede meterte en líos colaterales (ASNEF, embargos, intereses extra).
Esta guía explica las tres opciones reales, los riesgos de cada una y la recomendación estándar del sector.
La regla general: la reclamación NO suspende el pago
Una reclamación civil contra el banco (por nulidad por usura o por falta de transparencia) no paraliza por sí sola la obligación contractual de pagar las cuotas mensuales. Es un procedimiento judicial sobre la validez del contrato, no un concurso de acreedores ni una suspensión cautelar.
Por tanto, mientras dura el procedimiento (que pueden ser entre 3 y 14 meses), tu banco sigue esperando recibir cada mes lo que te ha venido cobrando. Y tienes que decidir qué hacer.
Las tres opciones reales
Opción 1: Seguir pagando con normalidad (recomendado en la mayoría de casos)
Es la opción más limpia y la que recomiendan la mayoría de despachos especializados. Las ventajas:
- No corres riesgo de ASNEF: si pagas, no te pueden incluir.
- No abres frentes nuevos: el procedimiento se concentra en resolver la nulidad sin discusiones añadidas.
- No das al banco argumentos en juicio: no pueden alegar "mala fe del consumidor" ni "incumplimiento que aprovecha la reclamación".
- Lo pagado se descuenta al final: cualquier cuota que pagues durante el proceso entra en el cómputo final y se te devuelve si ganas.
El "coste" es tener temporalmente fuera de tu bolsillo el importe de las cuotas durante esos meses. Pero es dinero que recuperas con la sentencia.
Opción 2: Dejar de pagar (riesgo controlado, casos específicos)
Algunos despachos sugieren dejar de pagar en casos muy concretos:
- Cuando la cuota mensual es muy alta y el cliente no puede asumirla mientras dura el proceso.
- Cuando hay refinanciaciones encadenadas y seguir pagando alarga indefinidamente la deuda.
- Cuando se va a reclamar Segunda Oportunidad en paralelo (donde toda la deuda se cancelará).
Los riesgos:
- Inclusión en ASNEF: el banco la solicitará a los 60-90 días de impago. Pero si hay procedimiento judicial pendiente, la inclusión es indebida (la deuda no es "cierta") y se reclama también con indemnización añadida.
- Posible monitorio del banco: el banco puede iniciar un procedimiento monitorio para reclamarte el saldo pendiente. En ese caso, se acumula a tu procedimiento civil y se resuelve todo a la vez.
- Argumento en juicio: el banco intentará explotar que dejaste de pagar. La jurisprudencia normalmente lo desestima pero añade complejidad.
Esta opción requiere asesoría caso a caso y solo es recomendable cuando hay razones financieras reales o cuando se hace una estrategia global con un abogado especializado.
Opción 3: Consignación judicial (caso especial)
La consignación judicial es una figura legal que permite seguir cumpliendo formalmente con la obligación de pago sin pagar al banco directamente: ingresas el dinero de la cuota en una cuenta del juzgado y, al final del procedimiento, el juez lo entrega a quien corresponda según la sentencia.
Ventajas:
- Quedas formalmente cumplidor (no te pueden incluir en ASNEF ni demandar).
- El banco no dispone del dinero hasta que se resuelva el juicio.
- Si ganas, el dinero consignado se te devuelve íntegro.
Desventajas:
- Procedimiento administrativo añadido (no es complicado pero hay que iniciarlo).
- El dinero queda inmovilizado en el juzgado mientras dura el proceso.
En revolving no es la opción más común porque, en la práctica, seguir pagando al banco lleva al mismo resultado final con menos burocracia. Pero existe como alternativa si por algún motivo no quieres que el banco siga recibiendo tus cuotas.
El riesgo de ASNEF: cómo gestionarlo si pasa
Si decides dejar de pagar y el banco te incluye en ASNEF, lo correcto es:
- Pedir certificado a Equifax para confirmar la inclusión y revisar si fue por el importe completo o solo el impagado.
- Solicitar la baja del fichero al banco alegando que la deuda no es cierta (hay procedimiento judicial pendiente sobre la validez del contrato).
- Si el banco no quita, reclamación al titular del fichero (Equifax) vía derecho de supresión RGPD.
- Si tampoco, se acumula a la demanda principal una reclamación de indemnización por intromisión ilegítima al honor (mínimo 1.500 € según doctrina del Tribunal Supremo).
Más detalle en nuestra guía completa sobre ASNEF.
¿Y si el banco intenta embargar mi nómina?
Para embargarte, el banco necesita primero una sentencia firme contra ti. Si tú has reclamado primero y hay un procedimiento civil abierto:
- El banco puede iniciar un monitorio paralelo, pero éste se acumula a tu procedimiento (no procede embargo independiente).
- El embargo solo se materializa si pierdes tu reclamación y el banco gana el suyo, lo cual es raro en revolving.
En la práctica, los bancos no embargan mientras hay reclamaciones civiles abiertas: saben que la jurisprudencia les es desfavorable y prefieren esperar a la sentencia o negociar acuerdo.
La recomendación estándar de Reclamea
Para la mayoría de casos:
- Seguir pagando la cuota mensual durante el procedimiento (lo más limpio).
- No usar más la tarjeta para no añadir más consumos al cómputo.
- Cancelar pagos vinculados (suscripciones recurrentes pagadas con esa tarjeta) y migrarlos a otro medio.
- Conservar todos los justificantes de los pagos hechos durante el proceso (extractos bancarios) por si hace falta acreditarlos en el cómputo final.
En casos con dificultad real para asumir la cuota, el abogado evalúa caso a caso si conviene la opción 2 o 3, asumiendo los riesgos asociados con conocimiento.
El siguiente paso
La gestión de la deuda durante el procedimiento es una de las cosas que el abogado especializado revisa contigo en la llamada inicial gratuita. En función de tu cuota, tu capacidad de pago y el banco concreto, te recomendará la estrategia más segura.
Lecturas relacionadas: cuánto tarda el proceso, cuánto cuesta el servicio.
Preguntas frecuentes
¿La reclamación paraliza la deuda automáticamente?
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¿Y si dejo de pagar mientras reclamo, el banco me incluye en ASNEF?
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¿Qué es una "consignación judicial"?
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¿Me pueden embargar la nómina mientras reclamo?
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¿Pierdo derechos por dejar de pagar durante el proceso?
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¿Y cuando gano el juicio y la deuda queda cancelada?
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